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Procurador interpreta la Constitución y las resoluciones al revés, y pretende desarmar al ESMAD para que no puedan defender los derechos de los Colombianos

ESMAD 00Barranquilla, 15 de enero de 2020.- El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez nuevamente vuelve a intervenir en los temas de seguridad de los colombianos, de defensa de los derechos de los ciudadanos por parte las autoridades los cuales vienen siendo atacados por un pequeño sector con protestas indiscriminadas de finales del año pasado que dejaron grandes pérdidas económicas en la ciudadanía por causa de que muchas  de estas se volvieron violentas, en medio de la cuales cayó el joven Dilan Mauricio Cruz Medina, luego de que arremetiera contra las autoridades y al parecer un uniformado del Esmad hiciera uso de su arma de dotación para disuadir el ataque.

A raíz de un comunicado de la Procuraduría y su decisión de desarmar al Esmad, consultamos a miembros de las Reservas Activas, quienes han intervenido e interpretado lo que para ellos Fernando Carrillo interpreta al revés y le da un sentido equivocado, dijeron.

Recordemos que la Procuraduría intervino en la investigación por el caso de Dilan Cruz y este martes tomó la decisión de solicitar al director de la Policía Nacional suspender de manera inmediata el uso de la Escopeta calibre 12  y su munición de impacto dirigido, empleada por el Escuadrón Móvil Antidisturbios para disolver revueltas, manejo de multitudes y bloqueos de vías; por que según Fernando Carrillo a los funcionarios del Esmad les falta de capacitación a los miembros de la unidad sobre el manejo de esa arma.

“Para el Ministerio Público el uso de la Escopeta calibre 12, -relacionada como un arma mecánica cinética-, en el control de disturbios por parte de la Policía Nacional, incluso según él “representa un serio peligro para la comunidad, alegando las violentas protestas de Chile, no obstante la situación inviable en que los violentos han llevado a ese país suramericano.

El Procurador de manera abusiva y excediéndose en sus funciones desconoce a la mayoría de la población colombiana y sus derechos y con una comunicación enviada al general Óscar Atehortúa Duque, el ente de control intenta atarles las manos a la Fuerza Pública, por lo que ante actos violentos, no podría defenderse, y tampoco defender a los colombianos.

Por lo que en el entretanto, Carrillo Flórez pide al general Atehortúa que la Policía Nacional acredite “un protocolo específico de operación de dicha arma, y de otro que permita acreditar que sus funcionarios certificados han recibido de manera efectiva y real, una capacitación de altos estándares de calidad que les proporcione la pericia, habilidades y destrezas que demanda el uso de un elemento de tales características”.

JULIAN ANDRÉS Y CAPUCHOS“Incluso Carrillo Flórez utiliza el ente de control en favor de los violentos, malinterpretando la Constitución en la que señala que se vulnera la Constitución Política en su artículo 216, dice que el fin de la fuerza pública “es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz”, justo por lo que al ESMAD se le incorporó al inventario en 2017 la Escopeta calibre 12 y su munición de impacto dirigido, con el objeto de tener la dotación precisa para defender a los colombianos”, destacó un miembro de la Reserva Activa.

Se le olvida además al Procurador que de acuerdo con el artículo 166 del Código Nacional de Policía y Convivencia, “el uso de la fuerza ha sido utilizado sólo por el personal uniformado como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo y escrito, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad pública, de conformidad con la ley”, de acuerdo a los hechos violentos que pretendieron desestabilizar al país en el mal llamado Paro, aseguraron al contrario de lo que la Procuraduría intenta decir.

No obstante el ente de control recuerda que la Resolución 02903, del 23 de junio de 2017 que reglamentó el uso de la fuerza y el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales, para la Policía Nacional, para su entrega se requiere que el profesional de policía previamente “deberá contar con la debida capacitación”, por lo que solicita el certificado en el que deberá estar acreditado no solo el Esmad sino cada uniformado.

El Ministerio Público, también solicita que para que en las capacitaciones los miembros del ESMAD adquieran la destreza indicada en el uso de la Escopeta calibre 12 cargada con un cartucho de impacto dirigido, estos no sean limitados en espacios de tiempo, y cantidad suficiente para las prácticas, al igual que respecto de todas las menos letales que le son entregadas para el servicio.

Adicionalmente, la Procuraduría dice que las armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales con que deben contar el ESMAD para la prestación del servicio en manifestaciones y control de disturbios, están limitadas a “mecánicas cinéticas, agentes químicos, acústicos y lumínicas y dispositivos de control eléctrico y auxiliares”, al tiempo que determinó los parámetros que deben tener en cuenta los comandantes para autorizar la intervención del grupo especializado antidisturbios, que en todo caso debe considerarse como “última ratio”, lo que se ha cumplido tal cual, según lo determina la Resolución N°03002 del 29 de junio de 2017, por lo que las reclamaciones y ordenamientos de la Procuraduría quedan fuera de lugar, expresaron los expertos.

En cuanto a las capacitaciones, señala el ente de control, que la Procuraduría encontró que los programas académicos de 48 horas que promueven el conocimiento del uso de la fuerza, tácticas y técnicas para la correcta intervención policial así como el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales, sin que haya capacitación específica para el uso de la Escopeta calibre 12 y su munición de impacto dirigido, toda vez “que ésta sólo es llevada a la práctica cuando existe disponibilidad de munición, aunque comúnmente, dado su elevado costo, hay déficit, al punto que en muchas ocasiones para el desarrollo de un seminario sólo proporcionan 100 cartuchos para capacitar 1000 hombres”.

Dijo además que de acuerdo con los testimonios que obran en el proceso, en las manifestaciones de fin de año de 2019 fue la primera vez que esa arma y su munición de letalidad reducida fue utilizada en Bogotá y su operación no tiene en cuenta jerarquías, por lo que llamó la atención que ninguno de los instructores que declaró ante el despacho la hubiera portado en esas fechas.

Y según Carrillo Flórez no obstante lo anterior, y aún las capacitaciones, la destreza, habilidad, agilidad y “memoria muscular” respecto del uso de la Escopeta calibre 12 con su munición de impacto dirigido, sola la adquiere el policial cuando se enfrenta a la realidad del caso en el que participa, es decir con ciudadanos”, por lo que finalmente termina contradiciendose en todo. Y en lo único que tiene razón es que se debe acreditar el uso del arma, y para ello debe haber también suficiente munición en las capacitaciones. 

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