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Política de Insumos Agropecuarios para el Porvenir del Campo. Por: Miguel Ángel Lacouture

El martes 5 de octubre se presentó al Congreso el Proyecto de Ley de Insumos Agropecuarios (Link Para Consulta https://drive.google.com/file/d/1CYZmmPtpFrgE-tEtx-KAZlRItz34hVc1/view?usp=drivesdk), con mensaje de urgencia de  origen gubernamental (MinAgricultura Rodolfo Zea y Viceministro Juan Gonzalo Botero han liderado la iniciativa con apoyo legislativo del Representante  Whadit Manzur y los Senadores María del Rosario Guerra  y Nicolás Albeiro Echeverry), dadas las circunstancias que atraviesan los insumos, su impacto en la canasta de costos (35%, de los gastos de cultivos),al presentarse el alza desbarajustada de precios.

El P.L, ofrece soluciones y mecanismos a corto plazo con el objeto principal de Establecer el Sistema Nacional de Insumos Agropecuarios, y la Política Nacional de Insumos Agropecuarios y crear el Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuario”, apoyado en un trípode de información y decisión, un fondo que facilita el acceso al pequeño productor y régimen sancionatorio para aquellos que violenten las políticas de precios fijadas.

El Trípode sostiene el SISTEMA NACIONAL DE INSUMOS AGROPECUARIOS, “SINIA”; su objeto es promover el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios, liderado por MinAgricultura; soportados para la toma de decisiones en la “Mesa Nacional de Insumos Agropecuarios, la Comisión Nacional de Insumos Agropecuarios y el Observatorio de Insumos Agropecuarios”.

La “Mesa Nacional de Insumos Agropecuarios”, será la instancia de coordinación, apoyo y asesoría al “SINIA”, para el incremento de la competitividad agropecuaria, mediante estrategias de aplicación inmediata, mediano y largo plazo que busquen incrementar el acceso a insumos agropecuarios, así como medidas de aseguramiento para reducir la variación de precios.

MinAgricultura, conformará esta mesa por agentes relevantes del sector, en ella debe invitarse a participar la SAC, Fedegan, Ministerio de Minas y Energía (La energía eléctrica es insumo costoso y valioso en la producción agropecuaria), Mincomercio, sin ser más de siete miembros para decisiones.

Crea la “Comisión Nacional de Insumos Agropecuarios”, con la función de asesorar y recomendar al MinAgricultura en la definición de metodologías para el ejercicio de los regímenes de control  de precios, libertad regulada y libertad vigilada; según las competencias definidas por los artículos 60  y 61 de la Ley 81 de 1988, (http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1626762), debería incluirse expresamente el Régimen de Control Directo para normalización de mercados en protección de los Empresarios del Campo ante brotes especulativos; Así como efectuar recomendaciones sobre las operaciones que realizará  el Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios – FAIA, y demás funciones  que le defina el Gobierno Nacional a través del decreto que reglamente su funcionamiento y operación.

Se consagra el Poder de Veto sobre las decisiones que se vayan a adoptar en la comisión por el Ministro de Agricultura.

Se crean entes generadores de monitoreo e información de precios e inteligencia de mercados para la adopción de las políticas públicas de insumos, hacer recomendaciones, propuestas y advertencias al Min agricultura para la toma de decisiones, sin generación de nuevos puestos de trabajo o contratación de personal.

El Observatorio de Insumos Agropecuarios, recauda información utilizada en la definición de las medidas que resuelva el Ministerio de Agricultura dentro de los regímenes de la política de control de precios de que trata la Ley 81 de 1988. Podrá solicitar información a entidades públicas o privadas y éstas tendrán la obligación de entregarla en un término de 10 días hábiles, sin requerir convenios para tal fin, en caso de incumplimiento estarán sujetos a sanción de hasta 1.500 SMMLV, este término se debe reducir a la mitad para no llegar con bomberos a encontrar solo cenizas.

Para la fijación de la Política Nacional de Insumos Agropecuarios, el plazo de 6 meses, debe recortarse lo máximo posible ojala de inmediato; Acorde con la realidad ecológica del planeta debe tener como norte la promoción del uso eficiente de los insumos orgánicos naturales o bioinsumos.

Se crea el Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios. – FAIA, para la financiación de mecanismos necesarios en contribuir al acceso en mejores condiciones a insumos agropecuarios por parte de los productores del sector agropecuario. Este Fondo debe estar acorde a las políticas de reactivación económica y generación de nuevos empleos, por ello debería estar direccionado al apoyo a quienes realmente generen crecimiento económico del sector jalonando reactivación económica con capacidad de absorber mano de obra rural vacante.

El FAIA, se deberá constituir como un patrimonio Autónomo en los 6 meses siguientes a la vigencia de la ley, administrado por una Fiduciaria Publica

Comité Directivo del Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios – FAIA- debería aumentarse a 7 miembros con la SAC y Fedegan; Igualmente se consagra el poder de veto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

En cuanto a las fuentes de financiación del fondo vale la pena estudiar la posibilidad de obtener ingresos en la operación de toda la cadena de producción de agro insumos, Productor, Importador, Industrial y Comercializador.

Destinación de Recursos de –FAIA-:

  1. Financiar apoyos a la producción, transporte, almacenamiento y demás actividades necesarias para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios.
  2. Adelantar compras centralizadas de insumos agropecuarios.
  3. Otorgar garantías en las operaciones de importación que adelanten los agentes del mercado que adquieren insumos agropecuarios.
  4. Adquirir instrumentos financieros o pólizas de cobertura por diferencial cambiario.

El Ministerio de Agricultura podrá autorizar la importación paralela de insumos y adelantar las gestiones necesarias para que los actores más vulnerables del sector agropecuario dispongan de estos a precios accesibles, Critica. No solo a las clases vulnerables; quien genera reactivación económica y empleos bien remunerados es el Empresario del Campo que invierte en búsqueda de utilidades, no solo apuesta a la mera subsistencia, para lograr utilidades produce ocupación laboral bien remunerada, por ello debe este fondo debe estar abierto a todos sin criterio de selección socioeconómico.

La Superintendencia de Industria y Comercio, ejercerá la función de inspección  vigilancia y control pudiendo realizar visitas y/o requerimientos a  establecimientos de comercio e imponer sanciones y multas de hasta mil quinientos (1.500) SMMLV  a cualquiera de las entidades, agentes y actores de las cadenas de producción, distribución,  comercialización y otra formas de intermediación de productos sujetos al régimen de control de precios dispuesto por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Esperemos que esta iniciativa no tenga tropiezos en el legislativo y pronto Min Agricultura cuente con herramientas para poder nivelar las cargas económicas desbordadas por los altos costos de los insumos agropecuarios; así como las variaciones y adiciones propuestas tengan acogida en el decurso de las discusiones parlamentarias. La política pública agropecuaria como quedara plasmada en esta norma apunte a la sostenibilidad ambiental y económica.

 

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