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“Para el régimen de Santos, soldados y policías asesinados y secuestrados no valen nada!”: María Fernanda Cabal

dsc00621-1Barranquilla 30 de diciembre de 2016.- La representante a la Cámara, María Fernanda Cabal, dejó constancia este miércoles en la Plenaria de la Cámara de Representantes durante la discusión de la Ley de Amnistía en la que afirmó que la bancada del Centro Democrático hizo muchas proposiciones, entre ellas, la del artículo 14, que va en concordancia con el artículo 33 y el 50 por lo que recordó que precisamente dentro de estos 3 artículos el objeto termina siendo el mismo.

Explicó que es la contribución a la satisfacción de los derechos de las víctimas. Añadió que en la Ley de Amnistía se habla de tratamiento especial, simétrico, simultaneo, equilibrado y equitativo pero resulta, que dentro de ese tratamiento en los artículos 14 y 33, que va dirigido a los guerrilleros, a ellos se les establece un periodo de 5 años para que atiendan los requerimientos de verdad y reparación”.

Afirmó que ahí se establece que se debe hacer una proposición para modificar la temporalidad establecida, y sea equilibrada con la del artículo 50, que es la de los agentes del Estado, que en cambio no tienen 5 años, sino que los someten a la duración de la Jurisdicción Especial de Paz que se ha establecido puede durar 10 años, por lo que cuestionó: ¿Cuál equilibrio? ¿Cómo así qué unos 5 años y otros 10 años? ¿Cómo así qué terminará con lo mismo de Justicia y Paz? Llevando a tribunales indefinidamente a que cuenten lo que los operadores judiciales quieran, abusando, tanto de guerrilleros como de agentes del Estado, a terminar utilizando una paz que es política con una fuerte carga ideológica ¿Para terminar involucrando a quién o a quiénes?, cuestionó duramente la parlamentaria del Centro Democrático, y así quedo consignado en la constancia que sentó en la Secretaria.

“Debe haber un beneficio en equilibrio, protegiendo a las víctimas, garantizando un debido proceso”: María Farnanda Cabal

Igualmente manifestó que la bancada propuso que en el artículo 23 se estableciera como exclusión de la amnistía el uso de armas no convencionales prohibidas por el Protocolo II de Ginebra. Pero advirtió que este tema se les “olvidó” a todos “esos genios”. Entre los olvidos también está el uso de minas antipersona, de tatucos, todas estas armas explosivas con que las que le han reventado las piernas a niños, campesinos, y soldados en Colombia. “Tiene que estar obligatoria mente excluido”, enfatizó.

Dijo finalmente que dentro de muchas proposiciones, respecto del artículo 46, afirmó que se debe renunciar a la persecución penal por cumplimiento de la pena. Hay soldados del ejército de Colombia que llevan hasta 8 años en la cárcel, sin que se les haya condenado, sin ninguna decisión en firme. Esto hace que sea un proceso que se perpetúe venciendo lo que se denomine el plazo razonado y vulnerando las garantías judiciales como lo establece la jurisdicción internacional del Sistema interamericano. Considera la bancada que una vez esto no implique responsabilidad penal y se considere que haya cumplido ese máximo de la pena y se le dé su libertad”, afirmó para concluir.

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