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La Corte Suprema decretó que entre la Cristancho y el Ex Defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora hubo una relación consentida

jorge-armando-otaloraBarranquilla, 29 de mayo de 2018.- Con ponencia del magistrado Luis Antonio Hernández Barbosa, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema este lunes determinó en favor del ex Defensor del Pueblo Jorge Armando Otálora, respecto a las acusaciones y denuncia de enero de 2018 que le hizo una subalterna identificada como Astrid Helena Cristancho por acoso sexual, que además terminó con el despido del funcionario, sin embargo dos años después decide precluir la investigación por falta de pruebas por parte del Fiscal acusador del caso.

Señaló la Corte que “luego de una investigación exhaustiva solicitó la preclusión de la indagación debido a la imposibilidad de probar por la intimidad en que usualmente se realizan este tipo de hechos, y dado que la Fiscalía no pudo lograr que se confirmara el testimonio de la supuesta víctima ni obtener ninguna prueba periférica”, luego de una audiencia reservada con el Fiscal Séptimo el pasado mes de marzo, decidió precluir la investigación a la que le queda un recurso de reposición.

Señala la ponencia del magistrado que “puede que el acoso sexual se realice no con maltratos, sino mediante un falso halago y que con finura se le haga saber a la víctima de las consecuencias ante el rechazo. Pero no hay delito en las relaciones sexuales consentidas entre adultos”, aprobó así de esta manera la Corte Suprema en su sentencia en favor del ex Defensor del Pueblo Jorge Armando Otálora.

Añadió además que “El acoso sexual no se configura si no existe relación entre el fin sexual conseguido y la relación de autoridad o de poder. Menos cuando no existe hostigamiento sino acuerdo”.

Recordemos todos los elementos que salieron a relucir en su momento como las constantes visitas registradas en los libros del edificio, todas veces que viajaron juntos, y los escritos afectuosos de parte de la Cistancho para Otálora, hicieron parte del acervo probatorio que le tocó al Ex Defensor usar para defenderse y que consideró la Corte para absolverlo.

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