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Inhabilidad de 11 años a exsecretario de Infraestructura del Cesar por obras de Avenida Ciro Pupo, en La Paz

avenida-ciro-pupoBarranquilla, 21 de septiembre de 2017. La Procuraduría Regional del Cesar sancionó con destitución e inhabilidad para desempeñar cargos públicos por el término de 11 años al exsecretario de Infraestructura del departamento, Omar Enrique Maestre Vélez (2 de enero de 2012 – 10 de noviembre de 2016), por las irregularidades descubiertas en las obras de pavimentación de la avenida Ciro Pupo Ramírez, del municipio La Paz.

De acuerdo con la investigación de primera instancia, el ahora exfuncionario ordenó la apertura de la licitación pública 015 de 2013 para la construcción de la vía, sin contar con los diseños hidráulicos, eléctricos y de espacio público requeridos para la adecuada ejecución del contrato, lo que generó retrasos en la construcción y un incremento en el valor de las obras superior a los 1.600 millones de pesos.

El Ministerio Público encontró que las falencias en los diseños ocasionaron que las obras se prorrogaran en tres oportunidades y posteriormente se suspendiera el contrato, lo que ocasionó un retraso de ocho meses en el cronograma.

Sobre el diseño eléctrico la Procuraduría determinó que no era el requerido porque las lámparas contempladas en el plano inicial no ofrecían las garantías necesarias y en cuanto al diseño del espacio público, se descubrió que las losas instaladas tuvieron que ser reemplazadas porque no eran seguras para el tránsito de vehículos.

Por esos hechos, la Procuraduría consideró que Maestre Vélez faltó a sus responsabilidades como funcionario del departamento, pues era su deber autorizar la contratación del proyecto con los diseños requeridos y realizar las evaluaciones que fueran necesarias para salvaguardar el interés común.

La Procuraduría calificó su conducta como una falta gravísima por desconocer los principios de economía y responsabilidad que rigen la contratación estatal y la culpabilidad se le imputó a título de culpa gravísima por desatención elemental. Contra esta  decisión procede el recurso de apelación.

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