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Cartel del Plan de Alimentación Escolar en Bogotá, sancionado por Superindustria

pae-2Barranquilla, 20 de diciembre de 2019.- La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol como autoridad nacional para la protección a la competencia,  sancionó a seis empresas por haberse cartelizado en el proceso de selección LP-AMP-129-2016, adelantado por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL DE BOGOTÁ. El objeto de dicho proceso era, entre otras cosas, establecer las condiciones para la compra y entrega de los alimentos que componen el PLAN DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR (PAE) a diferentes sedes educativas en Bogotá, en particular, respecto del grupo de las “frutas y hortalizas”. Igualmente, sancionó a cinco (5) personas naturales vinculadas por haber ejecutado o facilitado la conducta anticompetitiva.

El caso: La Superintendencia de Industria y Comercio inició y adelantó una investigación en la que demostró que las seis empresas investigadas acordaron presentar observaciones al proceso de selección LP-AMP-129-2016 en relación con el valor de compra de las frutas, así como el no presentar ofertas respecto del mismo con el fin de sabotearlo para que fuera declarado desierto. Dicho acuerdo tenía como propósito forzar la apertura de un nuevo proceso de contratación, lo que en efecto ocurrió, en donde el valor a pagar por parte de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL DE BOGOTÁ por la compra de las frutas fuera más alto.

Con dicha conducta las empresas infringieron lo establecido en el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992 (colusión en licitaciones públicas). Por su parte, cinco personas naturales fueron sancionadas por infringir lo establecido en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009, al haber ejecutado o tolerado la referida colusión.

Multas: La Superintendencia de Industria y Comercio consideró imponer las siguientes multas a los investigados en el presente proceso:

INVESTIGADO

MULTA

INDUSTRIA DE ALIMENTOS DAZA S.A.S.

$ 521.713.080

HUGO NELSON DAZA HERNÁNDEZ

$ 173.904.360

COMERCIALIZADORA DISFRUVER S.A.S.

$ 790.850.780

ALIMENTOS SPRESS S.A.S.

$ 335.386.980

NAMASTÉ FOOD S.A.S.

$ 219.450.740

BEST COLOMBIAN FRUITS S.A.S.

$ 248.434.800

JUAN PABLO FONSECA SÁNCHEZ

$ 9.109.276

ANDREA ROSAS DÍAZ

$ 62.108.700

NÉSTOR ALEJANDRO CASTELBLANCO GARCÍA

$ 13.249.856

STELLA TÉLLEZ HERNÁNDEZ

$ 33.124.640

GEIMI SOLEIMI DAZA VILLAR

$ 8.281.160

TOTAL DE LAS MULTAS

$2.415.614.372

Recursos: Contra la decisión procede recurso de reposición ante el Superintendente de Industria y Comercio conforme lo indicado en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011.

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