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Tribunal de Cundinamarca falla a favor de Santos y de las Farc en las 16 curules. Congreso puede impugnar

tribunal-de-boota-y-cundinamarcaBarranquilla, 19 de diciembre de 2018.- El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante decisión de este lunes 18 de diciembre, luego de que fuera admitió la Acción de Cumplimiento interpuesta por el Ministro del Interior, al igual que la Juez 16 de Bogotá, ordenó al Presidente del Senado enviar de inmediato “el proyecto de Acto Legislativo que creaba las 16 Circunscripciones Especiales Transitorias de Paz, este le respondió que no puede enviar lo que no existe. Sin embargo en el caso del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, este ordena llevar a cabo pruebas sobre cuál fue la votación del informe de la conciliación que entre otras ya había sido hundida.

El ordenamiento fue emitido por el Magistrado Luis Manuel Lasso, quien también es Magistrado Suplente del Tribunal de “paz” de la JEP, a juicio del ponente, las 16 Circunscripciones Especiales Transitorias de Paz, si fueron aprobadas con 50 votos en la Plenaria del Senado del 30 de noviembre.

Afirmó el Consejo de Estado que a raíz de las tres sillas vacías se produjo una reducción del quórum en el Senado, por lo que según el magistrado Lasso la mayoría deja de ser 102 senadores y quedaría en 99, con lo que según él se descontaría para contar un quórum decisorio.

El fallo puede ser impugnado y le corresponde al Consejo de Estado decidir. Al tiempo que le cae encima el Ministerio del Interior cuando afirmó la noche de este lunes que Efraín Cepeda no puede seguir rehuyendo la lo que el ha llamado “la Justicia”.

El Ministro Luis Guillermo Rivera, igualmente, desde su cuenta de tuitter exhibe el fallo que impone el Tribunal con la acción de cumplimiento presentada por el Gobierno de Juan Manuel Santos, fallo con el que intenta nuevamente pasar por encima del Congreso recibiendo la orden de declarar la Reforma como si esta hubiera sido aprobada y que sea enviada para la promulgación por parte del Presidente, insistiendo en violar división de poderes y desconocer voluntad de Congreso.

 

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