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Ley de Sometimiento, tipifica el delito de amenaza contra líderes sociales con 6 a 10 años de cárcel: Fiscalía

fiscal-3Barranquilla, 11 de julio de 2018.- La Fiscalía General de la Nación, luego de la entrega de un informe sobre los asesinatos que se han venido dando contra los llamados “líderes sociales”, recordó que hizo recomendaciones sobre las medidas de prevención que se debían adoptar, ante la creciente amenaza sobre líderes sociales y como parte de la política pública que debe reaccionar frente a este fenómeno.

El Fiscal General recordó que en su momento le propuso al Congreso tipificar por primera vez el delito de amenaza contra líderes sociales y defensores de derechos humanos. Y es así como en la Ley de Sometimiento de Bandas Criminales, quedó incluido el asunto formando parte de esta ley.

La iniciativa, que fue aprobada por el Congreso de la República, tal como lo anunció el Fiscal Martínez, fue sancionada este lunes, con lo cual las amenazas serán judicializadas rápidamente con penas entre 6 y 10 años de prisión. El tipo penal relativo a la amenaza requería un elemento subjetivo complejo, que exigía que causara “zozobra social”, lo que quedó eliminado.

Explicó el Fiscal Néstor Humberto Martínez que “este elemento subjetivo relativizaba la amenaza, por lo que ahora se va a tener un tipo penal objetivo, y así, este tipo de coacción contra un líder o defensor de derechos humanos, es por definición un delito en Colombia a partir de este 9 de julio de 2018”.

No obstante los buenos oficios del Fiscal, algunas organizaciones sociales le ponen reparos a los cambios llevados a cabo en la ley de sometimiento de las bacrim. Aseguran que de no garantizarse la desarticulación de los grupos armados, la ley podría terminar en letra muerta.

Según dijo el Presidente Juan Manuel Santos durante su promulgación, “la Ley de Sometimiento pone en marcha dos estrategias. La primera, fortalece las normas y los mecanismos para enfrentar a esta delincuencia organizada con nuevos delitos tipificados, como el constreñimiento ilegal por parte de miembros de grupos delictivos armados organizados; el asesoramiento a grupos delictivos armados organizados y la amenaza contra defensores de derechos humanos y servidores públicos”.

Añadió que “también se aumentan y se modifican penas para otros delitos como: constreñimiento al sufragante, concierto para delinquir, utilización ilegal de uniformes e insignias de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego o accesorios”.

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