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La Nueva JEP. Por: Rafael Nieto Loaiza

rafael-nieto-loaiza-6El jueves se aprobó la conciliación de los textos del procedimiento de la Justicia Especial de Paz. La versión escogida fue la del Senado, con las modificaciones consensuadas en la Comisión Primera y las dos proposiciones que presentó el Centro Democrático (CD) en la plenaria y que tuvieron el apoyo de la mayoría.

El punto más relevante, sobre el que no se ha hecho énfasis, está en que el CD, siguiendo la instrucción del Presidente electo, votó el texto del procedimiento en lugar de salirse de la sesión, como venía haciéndolo con base en el triunfo del NO en el plebiscito del 2016.

No es un viraje menor sino, por el contrario, muy significativo. El CD terminó apoyando a la JEP. Otra prueba de que el partido no pretende, ni ha pretendido nunca, hacer “trizas” el pacto con las Farc. Así se dijo durante el plebiscito y así se repitió durante la campaña presidencial.

Pero no sobra advertir que ese apoyo fue condicionado. Primero, a la mejora del procedimiento para tratar de asegurar el derecho de defensa y el debido proceso; segundo, a que exista un tratamiento verdaderamente especial y diferenciado y con garantías para los miembros de la Fuerza Pública: tercero, a proteger la extradición como mecanismo de cooperación judicial y ponerla a salvo de la politización de la JEP. Es decir, se apoyó la JEP pero cumpliendo las promesas de campaña.

La JEP, en mi opinión, sigue teniendo un grave problema de conformación, está politizada, no da garantías ni para terceros ni para miembros de la Fuerza Pública, opera para favorecer a las Farc como ha quedado probado en el episodio de la extradición de Santrich, y se ha convertido en una feria de contratos, presupuestos y luchas intestinas de poder, pero después de las modificaciones aprobadas y hasta la creación de la sala especial para la Fuerza Pública, limitará su trabajo a examinar la conducta de las Farc.

La proposición aprobada por el Congreso busca dar garantías a militares y policías. Por un lado, preserva para sus miembros todos los beneficios de la “justicia transicional”. En nada se les desmejora; por el otro, da un espacio de tiempo para que se cree una sala especial, con nuevos magistrados que sepan sobre derecho internacional humanitario y derecho operacional, de manera que tengan suficientes conocimientos para evaluar de manera correcta y sin prejuicios a los miembros de la Fuerza Pública. Esa sala quedará dentro de la JEP, así que las críticas que dicen que va en contravía de su competencia sobre militares y policías son falsas, como lo son las que sostienen que ese tribunal será solo para las Farc. Tampoco es cierto que disminuye la seguridad jurídica de militares y policías. En absoluto. Los que quieran, y es probable que lo harán quienes son culpables, pueden acogerse al mecanismo actual. Los que no, como ocurrirá con quienes no quieren beneficios sino proteger su inocencia, honra y buen nombre, pueden pedir el aplazamiento de su comparecencia hasta que se tenga la nueva sala. Dos caminos a escoger.

La crítica de que la proposición puede ser inconstitucional es de más peso, pero no por razones de fondo, sino por el principio de consecutividad, de acuerdo con el cual un asunto aprobado en una ley debe haber sido discutido en los cuatro debates. Ya veremos. Mientras tanto, el nuevo Congreso deberá discutir y tramitar las reformas constitucionales y a la ley estatutaria de la JEP que sean necesarias.

Lo aprobado en extradición va en la misma dirección de lo que sostuvo la Corte Constitucional. Por un lado, se protegió la figura misma, que no es sino un mecanismo de cooperación judicial. Darle facultades probatorias a la JEP hubiese supuesto modificar la esencia del mecanismo, de acuerdo con el cual en el país requerido no se realiza ninguna prueba o juzgamiento. La JEP se debe limitar a ver que los hechos alegados sean posteriores al 01 de diciembre de 2016. Y se mantienen intactas las competencias de aprobar o improbar la solicitud de la sala penal de la Corte Suprema y la del Presidente de concederla o negarla.

Así que, resueltas las dudas con la sentencia de la Constitucional y la aprobación legislativa del procedimiento, la JEP deberá enviar a Santrich a la Suprema. No más excusas. No más dilaciones.

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