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Entrega de Aída Merlano se da, luego de acordar términos con la Fiscalía y la Corte Suprema

jesus-albeiro-yepesBarranquilla, 10 de abril de 2018.- Tal como manifestó en declaraciones Jesús Albeiro Yepes, abogado de la parlamentaria suspendida y senadora electa, Aída Merlano se entregó este lunes, pero en una Guarnición Militar de la capital de la República. Fue claro en asegurar que “Merlano no tiene la intención de evadir la justicia por lo que coordina con su defensa su entrega a los agentes de policía judicial para dar las explicaciones del caso ante la Corte Suprema”.

La Corte Suprema de Justicia había ordenado su captura, para escucharla en indagatoria, captura que no se dio sino que se presentó acompañada por su abogado, debido a que por recomendaciones de su el apoderado manifestó que ella se presentaría ante esta corporación luego de que arreglara asuntos personales. La entrega de Merlano se dio, luego de acordar unos términos con la Fiscalía y la Corte Suprema de Justicia. 

El abogado de Merlano reiteró la mañana de este martes la negativa de la parlamentaria de haber comprado los votos, y afirmó que los cerca de 260 millones de pesos que fueron encontrados en la sede de campaña serían utilizados para logística de campaña más no para comprar votos, “eran para gastos de la logística como ocurre con cualquier campaña”. Afirmó que “los tales 6 mil millones de pesos no existen”.

Así mismo manifestó que “no conoce hasta el momento a ninguna persona que asegure que le compraron el voto en campaña de Aida Merlano”. al igual que aseguró que la decisión de la Procuraduría General de la Nación de suspenderla como Representante a la Cámara no ha sido materializada y consideró que el Ministerio Público no tiene esas facultades, aseguró el abogado Jesús Albeiro Yepes.

La Corte igualmente en su comunicado del pasado 6 de abril que por lo menos son 7 los presuntos delitos entre los que nombró, concierto para delinquir, corrupción al sufragante; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego accesorios, partes o municiones, y ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédulas.

Afirmó la Corte textualmente en ese documento escrito que “al abrirle investigación penal, considerar que se le debe definir situación jurídica y evaluar los delitos que pueden configurar los hechos” que según la Corte fueron “descubiertos en las actividades que se desplegaban en su sede de campaña de Barranquilla, la Sala de Instrucción No. 3 de la Sala de Casación Penal prescindió de la citación de la representante a la Cámara y ordenó su captura inmediata como medida preventiva de protección a la comunidad”.

Para la Corte, uno de los fines de la eventual medida de aseguramiento es el de protección de la comunidad, que se evidencia en el presente caso pues el país se encuentra en un período preelectoral, propio de los estados democráticos, en los cuales los ciudadanos hacen uso de su derecho a elegir y ser elegidos.

Señala la Corte textualmente que “la Representante a la Cámara, conforme la noticia criminal, y los diferentes elementos materiales de prueba recaudados, indican que incurrió en la práctica de comportamientos que atentan contra la libre participación de los colombianos en las justas electorales, elemento fundante de la organización política nacional. Esta posible afectación a la libertad de elegir, obligan a la Sala a tomar medidas para evitar el riesgo que esas conductas se repitan y afecten el sistema democrático, la libre facultad de elegir y ser elegido, protegiendo los fundamentos del Estado Social de Derecho, forma de organización política de la sociedad colombiana”.

Finalmente señaló que “dado que esta investigación se adelanta, entre otros, por los delitos de corrupción al sufragante agravado; ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédula y; porte ilegal de armas, cuyas penas mínimas superan los cuatro años de prisión, la Sala de Instrucción concluyó que debe definir la situación jurídica, quedando en consecuencia habilitada para librar la orden de captura a fin de vincular a la investigada mediante indagatoria”.

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