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Con ponencia favorable de Jorge Rosales Diputados del Atlántico aprobaron proyecto por la libertad de religión, conciencia y fe

Diputados del Atlántico aprueban proyecto por la libertad de religión, conciencia y fe

La iniciativa fue aprobada en segundo debate, durante sesión extraordinaria de este jueves 7 de diciembre.

asamblea-atl-dic-7-jorge-rosalesBarranquilla, 8 de diciembre de 2017.- Los Diputados del Atlántico aprobaron este jueves, en segundo debate, un proyecto de Ordenanza que permitirá implementar política pública para garantizar el derecho a la libertad de religión, conciencia y fe en el Departamento. Esto será posible mediante una modificación a la Ordenanza 00001 de 1995, que creó el Consejo de Planeación Territorial del Atlántico, para incluir en ella el sector ‘Religión, conciencia y fe’.

Según el contenido del proyecto, estudiado en primer debate por la Comisión Política e Institucional y Ética, es necesario generar acciones o mecanismos que promuevan el reconocimiento y el derecho de profesar y manifestar la creencia religiosa que libremente se elige, como lo establece la Constitución Política de Colombia en sus artículos 18 y 19, y la Ley 133 de 1994, para contribuir a una cultura de paz y de convivencia en nuestro país.

El proyecto destaca que “es el momento para que en Colombia se reconozca la importancia de la religión en la consolidación de la democracia, dentro de un proceso de reconciliación, en donde las congregaciones sean vistas como actores sociales que aportan a la nación como ayudadoras en la construcción de la paz y la convivencia, por su presencia en los territorios y su trato permanente con las comunidades”.

asamblea-atl-dic-7-6El Diputado y Primer Vicepresidente de la Duma, Jorge Rosales, tuvo a su cargo la ponencia de esta iniciativa presentada por el Gobierno Departamental, luego de que la Asamblea Departamental tuviera a bien escuchar durante las Audiencias para la aprobación del Plan de Desarrollo Atlántico Líder en el 2016, a una delegada de la Fundación Para la Excelencia, entidad sin ánimo de lucro que propende por la Libertad Religiosa y otros temas para una expresión libre del ciudadano. De igual manera a pesar del interés de la Asamblea, este no quedó incluido por la premura del tiempo por parte de la Gobernación, a quien también se le hizo llegar el proyecto, debido a que en otros departamentos, en este asunto de derechos civiles ya están más adelantados que en el Atlántico. Sin embargo la Gobernación avanzó en el asunto investigando, y es el Gobierno Nacional quien solicita que Las expresiones religiosas sean incluidas en Consejos de Planeación Territorial.

Por su parte el diputado Jorge Rosales Stell, muy acusioso y también preocupado por los avances en la sociedad en la violencia contra los individuos y la sociedad, consideró “un proyecto de inclusión”. El Diputado explicó que los Consejos de Planeación Territorial son instancias que contribuyen a la formación de las políticas públicas de los Departamentos, y que aportan de forma preliminar a los Planes de Desarrollo de cada territorio. Rosales agregó que en ellos participa la población civil, a través de gremios económicos, expertos en materia vial, urbana, en educación, en salud, entre otros.

“Agradezco el haberme asignado como ponente de este importante proyecto, inherente a la participación del sector de ‘Religión, conciencia y fe’ en todos los procesos de construcción de desarrollo para nuestro Departamento”, sostuvo el Diputado destacando la incidencia que tiene en los ámbitos de la vida social, cultural, educativa y política de las ciudades y municipios. De sancionarse este proyecto, el Estado promoverá estrategias contra la intolerancia y la apología al odio religioso, que por lo general se materializa en actos de violencia que atentan contra la dignidad humana y la integridad física de quienes profesan una determinada creencia.

Entre los fundamentos de Ley de este proyecto de Ordenanza, se encuentran el Art 340 de la Constitución Política de Colombia, que crea al Consejo Nacional de Planeación y establece que el mismo estará integrado por representantes de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales. Y la Ley 152 1994, que en su Capítulo IX establece las autoridades e instancias territoriales de planeación. 

Por último, el proyecto de Ordenanza establece que “para la conformación de esta instancia se debe dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 133 de 1994, que en su artículo 5 excluye del ámbito de ejercicio religioso al satanismo, estudio y experimentación de fenómenos psíquicos o parasicológicos, y las prácticas mágicas, supersticiosas, espiritistas u otras análogas y ajenas a la religión.  

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